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¿Qué es la renta líquida imponible y cómo se calcula en Chile?

La Renta Líquida Imponible puede sonar intimidante, pero es un concepto clave y muy cercano. En términos sencillos, esta cifra define el monto exacto de impuestos que debes pagar en Chile, aplicable tanto a empresas como a trabajadores dependientes e independientes. Comprender su cálculo y las variaciones según tu situación es esencial para el correcto cumplimiento tributario ante el Servicio de Impuestos Internos (SII) y evitar errores. A continuación, te explicamos su significado y aplicación paso a paso.

¿Que es la Renta líquida imponible?

  • Para una Empresa: Corresponde a la base sobre la cual se aplica el Impuesto de Primera Categoría. Se obtiene ajustando los ingresos totales, restando costos y gastos, y aplicando las correcciones que exige la ley.
  • Para un Trabajador Dependiente: Es el monto base para el Impuesto Único al Trabajador. Se calcula restando tus cotizaciones previsionales y de salud obligatorias a tu sueldo afecto.
  • En la Declaración Anual (Global Complementario): Opera como la base imponible anual progresiva que considera todas tus rentas.

Antes de todo: ¿por qué hay más de una “renta líquida imponible”?

El sistema tributario chileno opera con una doble clasificación de rentas y contribuyentes:

  • Primera Categoría: Aplica a las empresas y grava las rentas provenientes del capital o de la actividad comercial.
  • Segunda Categoría: Aplica a las personas y grava las rentas obtenidas por el trabajo, como sueldos y honorarios.

A fin de año, cada persona natural consolida todas sus rentas en el Impuesto Global Complementario (el «resumen anual»). Por esta razón, aunque el término «Renta Líquida Imponible» se utilice para ambas categorías, la forma de construir su base de cálculo es completamente diferente en cada caso.

Piensa en tres “cajas”:

  • Caja 1 (Empresa): la base para el Impuesto de Primera Categoría.
  • Caja 2 (Trabajador): la base mensual del Impuesto Único (tu liquidación).
  • Caja 3 (Anual Personal): tu base del Global Complementario.

Empresas (Primera Categoría): tu RLI y cómo calcularla

Aquí “renta líquida imponible” es la base del Impuesto de Primera Categoría (IDPC). Se determina desde el balance de la empresa y sigue una lógica simple: ingresos menos costos, menos gastos necesarios, más/menos ajustes que pide la Ley (corrección monetaria, agregados y deducciones, etc.). Es la receta oficial del SII.

La fórmula tributaria (en fácil):

RLI = Ingresos brutos (salvo los “no renta”) – Costo de ventas/servicios – Gastos necesarios +/– Ajustes (art. 32 y 33). Esos ajustes corrigen partidas que el resultado contable no refleja como la ley exige (por ejemplo, gastos no aceptados o diferencias por corrección monetaria).

¿Para qué sirve?

Sobre esa RLI se calcula tu IDPC (la “tasa empresa”, que depende del régimen). Ejemplo: Régimen Pro Pyme General usa metodología sin corrección monetaria y tiene sus tasas y beneficios; el Régimen General (semi integrado) aplica las reglas completas (art. 32 y 33) y hoy tiene otra tasa. Verifica tu régimen porque cambia la forma de medir y la tasa aplicable.

Checklist para armar tu RLI (empresa):

  • Parte del balance (ingresos del giro).
  • Resta costos de ventas/servicios.
  • Resta gastos necesarios (art. 31).
  • Aplica ajustes: corrección monetaria, agregados (p.ej., gastos no aceptados) y deducciones (p.ej., ingresos exentos), según reglas del art. 32 y 33.
  • El resultado es tu RLI del ejercicio.

Notas prácticas:

  • Si eres Pro Pyme General, el SII explica que tu base considera ingresos percibidos y gastos efectivamente pagados (sin corrección monetaria) y detalla beneficios como el incentivo al ahorro. Reglas distintas al régimen general.
  • Si estás en Régimen General (semi integrado), la RLI  considera los ajustes de los artículos 32 y 33 (corrección monetaria, etc.).

Trabajadores dependientes (Segunda Categoría): tu base mensual “en fácil”

Si eres empleado/a con contrato, tu “renta líquida imponible” del mes (la que usa el Impuesto Único) no es tu sueldo bruto. Primero se descuentan las cotizaciones de cargo del trabajador (previsión, salud y otras legales). Lo que queda es la base sobre la que se mira la tabla mensual del SII.

  • Qué se descuenta: tus cotizaciones previsionales y de salud de cargo del trabajador (lo que te retiene el empleador). El SII lo define así de claro.
  • Cuándo parte el impuesto: si tu base supera el tramo exento del mes (la tabla cambia cada mes; revisa la del mes vigente).

Cómo funciona la tabla del mes (idea general):

  • Calculas tu renta líquida imponible del mes (bruto – cotizaciones).
  • Ubicas ese monto en la tabla del SII del mes (muestra “Factor” y “Cantidad a rebajar”).
  • Fórmula típica: Impuesto = Base × Factor – Cantidad a rebajar.

Importante: las tablas y montos cambian cada mes (porque dependen de la UTM). Mira siempre la página del SII del mes actual antes de calcular.

¿Y el Global Complementario anual?

Al cierre del año, cada persona natural calcula su Impuesto Global Complementario (IGC) con la base imponible anual y una tabla progresiva por tramos. La página de “Personas Naturales” del SII muestra la tabla vigente y montos (actualizados cada año).

  • Qué reúne: tus rentas del año (sueldos, honorarios, retiros/dividendos, arriendos, etc.), con las rebajas y créditos que correspondan (por ejemplo, crédito por Impuesto de Primera Categoría imputable a retiros/dividendos).
  • Idea sencilla: es la foto anual de tus ingresos, distinta al impuesto mensual del sueldo. La base se compara con la tabla progresiva anual y se aplican créditos y rebajas que admite la ley (según tu caso y régimen).

Errores típicos y cómo evitarlos

  • Mezclar peras con manzanas: usar la fórmula de empresa para calcular el sueldo del trabajador (o al revés). Cada caja tiene su método. Solución: identifica si estás en empresatrabajador o IGC anual antes de calcular.
  • Olvidar las cotizaciones en el sueldo: el impuesto se aplica a la base neta después de tus cotizaciones. Solución: descuéntalas antes de buscar tu tramo.
  • Mirar una tabla desactualizada del sueldo: el tramo exento y los factores cambian por mes. Solución: revisa siempre la tabla mensual vigente en el SII.
  • No considerar los ajustes en la RLI de empresas (art. 32 y 33). Solución: aplica los agregados y deducciones que pide la norma del SII.
  • Confundir “renta imponible” con “sueldo líquido en el bolsillo”: el líquido considera más descuentos (p. ej., créditos, cargas) y no es la base tributaria pura. Revisa bien tu liquidación.

Tabla comparativa

Caso¿Qué es la “renta líquida imponible”?Cómo la calculo (en simple)Dónde miro la tabla
Empresa (1ra cat.)Base del Impuesto de Primera CategoríaIngresos – costos – gastos ± ajustes de ley (art. 32 y 33)Regímenes y guías del SII (según régimen)
Trabajador dependienteBase mensual del Impuesto ÚnicoSueldo bruto – cotizaciones del trabajador = base; aplica tabla mensual“Impuesto Único 2da categoría” por mes en SII
Global ComplementarioBase anual personal (progresiva)Suma anual de rentas (con rebajas/créditos) → tabla anual“Personas Naturales” → Tabla IGC SII Servicio de Impuestos Internos

Conclusión y como seguir avanzando

La “renta líquida imponible” no es única: cambia según si eres empresatrabajador o miras tu impuesto anual. Con las fórmulas claras y revisando las tablas oficiales del SII (mensuales para sueldo y anual para Global), es posible calcular tu base sin enredarse. Si quieres hacerlo bien y rápido:

  • Empresa: arma tu RLI con balance y ajustes que correspondan (art. 32 y 33).
  • Trabajador: descuenta cotizaciones y mira la tabla del mes.
  • Anual (IGC): suma tus rentas, aplica rebajas/créditos y compara con la tabla anual.

Nota legal: Esta guía es informativa y no constituye una asesoría tributaria personalizada realizada por Auf Group y sus filiales.



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